Las subvenciones directas a fondo perdido que financiaron miles de instalaciones con fondos europeos se agotaron en la mayoría de comunidades autónomas. Sin embargo, en 2026 siguen vigentes incentivos que pueden reducir el coste real de tus placas solares entre un 30 % y un 50 %. La clave está en conocer los requisitos antes de empezar la obra, porque algunos no se pueden cumplir después.
- En 2026 conviven dos deducciones del IRPF: la de eficiencia energética (20, 40 o 60 %) y la nueva por autoconsumo (10 o 20 %). No se pueden sumar en la misma instalación.
- Para viviendas, las dos terminan el 31/12/2026.
- La del 40 % exige un certificado energético antes de la obra y otro después. La nueva no los pide.
- Los ayuntamientos pueden bonificar hasta el 50 % del IBI y hasta el 95 % del ICIO.
1. Deducción en el IRPF por mejora de eficiencia energética
La Ley del IRPF recoge tres deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas. Tras la prórroga aprobada en 2026, las deducciones para viviendas individuales se aplican a obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026, y la de edificios residenciales completos, hasta el 31 de diciembre de 2027.
| Deducción | Requisito principal | Base máxima | Aplicable a |
|---|---|---|---|
| 20 % | Reducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración | 5.000 € al año | Vivienda habitual o alquilada |
| 40 % | Reducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o mejorar la calificación a A o B | 7.500 € al año | Vivienda habitual o alquilada |
| 60 % | Mismos requisitos que la del 40 %, en el conjunto del edificio | 5.000 € al año (máximo acumulado 15.000 €) | Edificios de uso predominantemente residencial |
Las placas solares, al reducir el consumo de energía primaria no renovable, suelen encajar en la deducción del 40 % en viviendas unifamiliares y en la del 60 % cuando es una instalación comunitaria del edificio. Que la instalación cumpla el requisito del 30 % o de la letra A/B depende de cada vivienda, y lo acredita el técnico con los certificados.
Requisitos que no te puedes saltar
- Certificado de eficiencia energética antes de la obra, emitido antes del inicio de los trabajos (se admiten certificados de hasta dos años antes).
- Certificado de eficiencia energética después de la obra, que acredite la mejora, emitido dentro del plazo que marque la norma para cada deducción.
- Pago por medios electrónicos: transferencia, tarjeta o cheque nominativo. Los pagos en efectivo no dan derecho a deducción.
- Factura a nombre del contribuyente que se deduce.
- Se descuentan de la base las subvenciones recibidas para la misma actuación.
Un certificado energético suele costar entre 60 y 150 € por vivienda. Es un gasto pequeño comparado con una deducción que puede superar los 2.000 €.
Ejemplo
Instalación de 4 kWp por 6.000 € en vivienda habitual, con certificados que acreditan pasar de calificación E a B: deducción del 40 % sobre 6.000 € = 2.400 € menos en la cuota del IRPF, en la declaración del ejercicio en que se expide el certificado posterior.
2. Nueva deducción del 10 % o 20 % por autoconsumo (solo en 2026)
El Real Decreto-ley 7/2026 creó una deducción específica para instalaciones de autoconsumo con renovables. Es más sencilla que la anterior, pero su techo es más bajo:
- 10 % de lo que pagues por instalarlas en un inmueble de tu propiedad, o 20 % si son viviendas de edificios de uso predominantemente residencial.
- Base máxima de 5.000 € al año, que incluye equipos, baterías, instalación y obras necesarias. Es decir, como mucho 500 € (o 1.000 €) de deducción.
- No pide certificados energéticos, pero sí el certificado de instalación eléctrica (boletín) y los permisos en regla.
- La instalación tiene que hacerse, terminarse y pagarse dentro de 2026, sin efectivo. Se aplica en la renta de 2026.
- Vale también para una segunda residencia, siempre que no esté afecta a una actividad económica.
- Es incompatible con la deducción del apartado 1 para la misma instalación: hay que elegir. Si puedes acreditar la mejora de eficiencia, la del 40 % suele dar bastante más.
Tienes la comparación con ejemplos y el calendario hasta el 31 de diciembre en la deducción del IRPF por placas solares en 2026.
Resultado de aplicar cada porcentaje a su base máxima anual.
3. Bonificación del IBI
La normativa de haciendas locales permite a los ayuntamientos bonificar hasta el 50 % de la cuota del IBI a los inmuebles que instalen sistemas de aprovechamiento de la energía solar. Cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal:
- El porcentaje (habitualmente entre el 25 % y el 50 %).
- La duración (de 1 a 5 años o más).
- Requisitos adicionales: potencia mínima, porcentaje del consumo cubierto, límite de importe, estar al corriente de pagos, etc.
- El plazo para solicitarla, que suele ser limitado tras finalizar la instalación.
Cómo encontrarlo: busca «ordenanza fiscal IBI» junto al nombre de tu municipio, o pregunta en el ayuntamiento. Muchos instaladores conocen las condiciones de los municipios de su zona. Si vives en Madrid capital, tienes todo el detalle en la bonificación del IBI por placas solares en Madrid.
4. Bonificación del ICIO
El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) grava la obra y suele estar entre el 2 % y el 4 % del presupuesto de ejecución. Los ayuntamientos pueden bonificarlo hasta un 95 % para instalaciones solares. En una instalación de 6.000 € con un ICIO del 4 %, pasarías de pagar 240 € a unos 12 €.
5. Subvenciones autonómicas y locales
El programa de ayudas estatal financiado con fondos europeos para autoconsumo residencial ya no admite nuevas solicitudes en la práctica totalidad de comunidades. Aun así, algunas comunidades autónomas, diputaciones y ayuntamientos convocan líneas propias puntuales (por ejemplo, para comunidades energéticas, autoconsumo colectivo o zonas rurales). Revisa:
- La web de la agencia de la energía de tu comunidad autónoma.
- El boletín oficial de tu provincia.
- La web de tu ayuntamiento.
Recuerda que el importe de una subvención se resta de la base de la deducción del IRPF.
Calendario recomendado para no perder ninguna ayuda
- Antes de firmar: consulta la ordenanza de IBI e ICIO de tu municipio y encarga el certificado energético inicial.
- Durante la obra: paga por transferencia o tarjeta y guarda facturas y justificantes.
- Al terminar: encarga el certificado energético final y solicita en plazo la bonificación del IBI.
- En la declaración de la renta: aplica la deducción en el ejercicio que corresponda (el del certificado posterior).
Preguntas frecuentes
¿Puedo aplicar la deducción si la vivienda es una segunda residencia?
Las deducciones del 20 % y del 40 % se aplican a la vivienda habitual o a la que se alquila como vivienda (o se ofrece en alquiler en determinados plazos). Una segunda residencia de uso propio no da derecho a ellas, pero sí a la nueva deducción del 10 % por autoconsumo, si la instalación se termina y se paga en 2026.
¿Y si la instalación se hace en diciembre de 2026 y el certificado es de 2027?
La norma fija plazos concretos tanto para las obras como para la expedición de certificados. Si apuras las fechas, consulta con un asesor fiscal para no perder la deducción.
¿Puedo deducirme la instalación si la pago a plazos?
Sí, en general se deducen las cantidades satisfechas en cada ejercicio, respetando los límites anuales, siempre con medios de pago electrónicos.
Conclusión
En 2026 ya no hay subvenciones generales, pero la combinación de IRPF, IBI e ICIO puede reducir el coste neto de tus placas en miles de euros. Lo decisivo es pedir el certificado energético antes de empezar. Si quieres ver el efecto en tu amortización, consulta cuándo se amortizan las placas solares y el precio de las placas solares.
Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento fiscal. La normativa puede cambiar: verifica los requisitos vigentes en la Agencia Tributaria, tu comunidad autónoma y tu ayuntamiento.
